Descentralización regional en la propuesta
“Una lectura al Capítulo VIII de la propuesta constitucional basta para ver que en materia de descentralización regional hay avances sustantivos. Dichos avances se proyectan, al menos, en tres dimensiones: principios, normas de descentralización administrativa e instancias de coordinación regional.
En primer lugar, el borrador incorpora principios que han sido promovidos durante años. Entre otros, se consagran los principios de solidaridad y equidad territorial, pertinencia territorial, radicación preferente -o “subsidiariedad territorial”-, coordinación y prohibición de tutela (artículo 126). Sin ir más lejos, el año 2014 estos fueron propuestos por la Comisión Asesora Presidencial de Descentralización y Desarrollo Regional convocada por la expresidenta Michelle Bachelet.
Además, se incorpora un principio de progresividad conforme al cual “la Ley de Presupuestos deberá propender a que, progresivamente, una parte significativa del gasto público sea ejecutado a través de los gobiernos regionales y locales” (artículo 146). En Chile el porcentaje del gasto público ejecutado por el nivel subnacional gira en torno al 15 por ciento, muy lejos del 30 por ciento que promedian los países unitarios de la OCDE. La norma referida se hace cargo de ese problema y genera condiciones para acortar la brecha.
En segundo lugar, el texto consagra normas que avanzan en materia de descentralización administrativa.
Por un lado, la propuesta no limita el catálogo de competencias que pueden ser transferidas por el Presidente a los gobiernos regionales, como sí hace el texto vigente. Esto trae consecuencias prácticas que no son menores. Por ejemplo, en un dictamen reciente, la Contraloría objetó el traspaso de la presidencia del Consejo de Evaluación Ambiental a los gobernadores regionales. La razón: el artículo 114 de la Constitución sólo admite el traspaso de competencias en materias de ordenamiento territorial, fomento productivo y desarrollo social y cultural; no en medioambiente. Este obstáculo es superado.
Por otro lado, el texto establece una disposición transitoria que mandata al Presidente a enviar en menos de 18 meses los proyectos de ley que transfieren competencias a las regiones en materia de fomento productivo, turismo, vivienda e infraestructura. Con ello se establece un horizonte que garantiza cambios en la distribución territorial del poder, profundizando el proceso de descentralización.
Por último, la propuesta innova al incorporar dos instancias de coordinación regional: las macrozonas y el Consejo de Gobernadores. Respecto al primer punto, hay un desajuste entre la institucionalidad regional y la espacialidad de los factores demográficos, productivos, medioambientales y culturales del territorio. Este problema ha sido paliado parcialmente a través de la organización macrorregional de algunas instituciones o instrumentos, como el Ministerio de ‘Ciencias y Tecnología, la Agencia de Calidad de la Educación o los Planes Maestros Logísticos (PML) del Ministerio de Transportes. La propuesta se hace cargo de este fenómeno y permite que dos o más regiones con continuidad territorial constituyan macrozonas para enfrentar desafíos comunes.
A lo anterior se suma un Consejo de Gobernadores que permitirá la coordinación entre los gobernadores regionales y el Presidente de la República, al cual este último debe asistir al menos dos veces al año (artículo 129). Este Consejo tendrá que ser oído en la tramitación de iniciativas que modifiquen las leyes institucionales de los gobiernos regionales (artículo 77) y podrá recurrir al Tribunal Constitucional durante la tramitación de leyes que transfieren competencias si estas no contemplan asistencia técnica, personal o financiamiento suficiente y oportuno para su adecuado ejercicio (artículo 172).
Naturalmente, el plebiscito de diciembre trata sobre la propuesta en su conjunto y no sobre tal o cual capítulo. Con todo, así como anunciaron Amarillos por Chile y Demócratas al sumarse a la opción “A favor”, el avance en materia de descentralización es una razón de peso que no se puede desconocer”.
Columna publicada en El Mercurio de Valparaíso